Concejo Deliberante: propuestas de interpretaciones antojadizas

El Vicepresidente del Concejo Deliberante, Jorge Almirón, declaró en un medio local “La Carta Orgánica dice que los funcionarios de bloque se tienen que ir con los concejales, pero no dice que no pueden pasar a planta, así que fue una interpretación de la misma, ahora vamos a evaluar qué decisión tomamos”.

Es decir, como la Carta Orgánica no prohíbe ellos interpretan que pueden… interpretación que demuestra el elevado nivel intelectual de nuestros Concejales que ven, lo que nadie ve.
La carta Orgánica establece en su artículo 99, referente al personal: “El Concejo Deliberante reglamenta la estructura de la planta de su personal. El personal de los Concejales y el de los bloques políticos carece de estabilidad. Cesan el mismo día en que acaben los mandatos de quienes lo propusieron para su designación, sin derecho a indemnización alguna, ni a reclamar la permanencia en el Cuerpo o en alguna otra repartición municipal. Este artículo no puede modificarse por el sistema de enmienda.”
El artículo 100, referente a los Bloques Políticos expresa: “Los Concejales se agrupan en tantos bloques como partidos políticos con representación parlamentaria hubieren en el cuerpo. Los bloques políticos pueden contar con la colaboración de un secretario, un prosecretario y una asistencia técnica jurídica, contable y/o de la especialidad que requieran. Los colaboradores podrán ser removidos o desplazados por decisión del bloque. Cada Concejal podrá contar, además, con dos (2) colaboradores rentados como máximo, los que serán designados y removidos por éste, sin estabilidad laboral, cesando su vinculación automáticamente al término del mandato del Concejal al cual asisten”.
Es decir tanto el artículo 99 como el 100 establecen claramente que el personal de los Concejales carece de estabilidad laboral.
El pase a planta permanente genera estabilidad laboral. Pero en la visión de avanzada – pletórica de claridad intelectual – pasando a planta permanente a su personal, no violan la Carta Orgánica.

Con el espíritu de ayudar a que los Concejales no pierdan tiempo en sus naturales extravíos en la interpretación de la Carta Orgánica, les acerco algunas otras estupideces que pueden interpretar. De esa manera ganarán tiempo para otras tareas importantes como ser seguir premiando a sus punteros con cargos en el municipio.

a. Artículo 9.- Esta Carta Orgánica, las Ordenanzas que en su consecuencia se dicten y los Convenios celebrados con el Estado Nacional, las Provincias y otros Municipios, son la ley suprema del Municipio, y se encuentran sujetas a la Constitución Nacional y a la Constitución de la Provincia de Misiones, con la jerarquía que de ellas se deriva. Toda Ordenanza, Resolución, Contrato u Orden contraria a esta Carta Orgánica Municipal será nula.
Sres. Concejales… en ningún lado expresa que no puedan aprobar ordenanza contrarias a la Carta Orgánica. Aprovechen e interpreten que pueden aprobar cualquier sandez. Bueno ya lo están haciendo.

b. Artículo 13.- El Gobierno Municipal promueve la planificación integral como un instrumento flexible tendiente a establecer estrategias de desarrollo local que contemplen intereses propios, provinciales, regionales y nacionales. Son sus principales objetivos lograr una ciudad funcionalmente equilibrada, integrada y articulada con su entorno, ambientalmente sustentable, socialmente equitativa y con una participación efectiva de sus vecinos.
Una interpretación posible, para sus lúcidas mentes, es que promover no es realizar, no implica obligación. Así que sigan como hasta ahora que no pasa nada.

c. Artículo 16.- Los ciudadanos tienen derecho de acceso a la información pública, promoviéndose de esta manera la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública, fundándose en los principios de publicidad, igualdad, transparencia, informalismo, no discriminación, gratuidad y responsabilidad. Por Ordenanza se reglamentará su ejercicio.
El tener derecho no implica el garantizar el derecho, Ténganlo en cuenta cuando aprueben las maravillosas ordenanzas que ven la luz gracias a su esforzado trabajo.

d. Artículo 33.- Los adultos mayores gozan de la gratuidad del servicio público de transporte municipal, sin ningún tipo de restricción. Por Ordenanza se establecerán los requisitos para el goce de la gratuidad de este beneficio. El Municipio podrá también establecer excepciones para los demás servicios públicos y dispondrá el acceso libre y gratuito de los mismos a espectáculos culturales y deportivos por él organizados.
La Carta Orgánica no establece, taxativamente, a partir de qué edad se es adulto mayor. Interpreten que es a partir de los 21 y se ahorran las puteadas por el costo del boleto.

e. Artículo 38º): El Concejo Deliberante podrá requerir informes por escrito o convocar a los Secretarios del Departamento Ejecutivo a suministrar explicaciones sobre asuntos de sus respectivas áreas las veces que lo estime necesario. Deberá citarse al funcionario con una antelación no inferior a tres días hábiles, con expresa indicación del temario a tratar, el que será excluyente. Los Secretarios están obligados a concurrir.-
La Carta Orgánica les habilita la posibilidad de convocar a los funcionarios con una antelación no inferior a tres días. Aprovechen y convóquenlos (después de todo es una interpretación) con 6 años de antelación.

f. Artículo 47.- El Municipio se responsabiliza de la puesta en valor de los espacios naturales y paisajísticos municipales, como ser Salto Elena, Salto Küppers, Lago Ziegler, Parque Schwelm y todos aquellos espacios naturales que por su belleza paisajística sean de digno y especial cuidado por su riqueza natural, ecosistema y diversidad biológica.
Una sugerencia. Interpreten que lo más natural en Misiones es la capuera, por ello no hacer nada en los espacios verdes es una estricta puesta en valor. De paso se ahorran algunos pesos.

g. Artículo 51.- El Municipio declara al inmueble ubicado entre las calles Paraguay, Talcahuano, Pionero Lowe y América, como “Centro Cultural de la ciudad de Eldorado”; asignando de esta manera un espacio público apropiado para el desarrollo de las distintas expresiones culturales.
La Carta Orgánica sólo dice que se declara. En ningún momento prohíbe poner un supermercado que se llame “Centro Cultural de la ciudad de Eldorado”. Una excelente oportunidad de negocios, no lo pueden negar.

h. Artículo 149.- El cargo de Miembro del Jurado de Enjuiciamiento es honorario e irrenunciable, renovándose anualmente sus integrantes, eligiéndose igual número de suplentes. El cargo de Miembro del Jurado de Enjuiciamiento es honorario e irrenunciable, renovándose anualmente sus integrantes, eligiéndose igual número de suplentes.
La Carta Orgánica dice que será honorario, en ningún momento plantea que no se les pueda pagar. Interpreten de esa manera y tírenle unos mangos a los miembros del Jurado de Enjuiciamiento.

i. Artículo 173.- El Presupuesto deberá ser analítico y comprender la universalidad de los gastos y recursos, debiendo especificar con claridad y precisión su naturaleza, origen y monto. A tal efecto, regirán las disposiciones que sobre la materia se encuentren vigentes en la Provincia, hasta tanto sea dictada la Ordenanza de Contabilidad.
Nuevamente, la Carta Orgánica no expresa que el presupuesto debe ser serio, interpreten y aprueben cualquier cosa.

j. Artículo 251.- Los ciudadanos inscriptos en el padrón electoral municipal votarán en las elecciones municipales.
Interprétenlo al pie de la letra – no les costará demasiado esfuerzo intelectual – y como dice “votarán” no cierren los comicios hasta que haya votado el 100% del padrón.

El presente listado de interpretaciones no es exhaustivo, ni pretende serlo, sólo es un intento de colaborar con el digno cuerpo que nos representa y vela siempre por los intereses de los ciudadanos.

Cualquier otra interpretación que necesiten quedo a la entera disposición del cuerpo

Juan Carlos Magliano

1 pensamiento sobre “Concejo Deliberante: propuestas de interpretaciones antojadizas

  1. Muy clara la nota, y una olcura que un artìculo tan claro, no lo interpreten..jaja
    Ves como los peronistas son incorregibles. jamás cumplirán los reglamentos.

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