Eldorado. Crean la figura de Defensor del Pueblo

Eldorado. El Concejo Deliberante aprobó por unanimidad la creación de la figura de Defensor del Pueblo. Su elección será por medio del Concejo Deliberante y durará 6 años en su mandato.
La Carta Orgánica Municipal aprobada en 2018 establecía la necesidad de la creación de la figura de Defensor del Pueblo y que el modo de elección, la duración de su mandato, las funciones, las incompatibilidades, etc., debían fijarse por medio de una ordenanza.
La ordenanza aprobada en el día de hoy establece que la elección del Defensor del Pueblo la hará el Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria convocada a tal efecto, mediante el voto de las dos terceras (2/3) partes de sus miembros, previo llamado público y abierto de postulantes, en función de la evaluación de antecedentes y méritos.
Una comisión conformada ad hoc evaluará los antecedentes de los postulantes y elevará una terna al Concejo Deliberante quien decidirá por los 2/3 de los votos del cuerpo.
Asimismo fija en 6 años la duración de su mandato, permite la existencia de un Defensor Adjunto, que será propuesto por el defensor titular y será nombrado con el voto de la mayoría simple del Concejo Deliberante, y asimila la remuneración del Defensor del Pueblo a la del cargo de Viceintendencia, y del Defensor Adjunto al 75% de lo percibido por el defensor titular.
Entre las funciones que le fija se cuentan “la defensa, protección y promoción de los derechos, garantías e intereses legítimos, individuales y colectivos consagrados por la Constitución Nacional, la Constitución Provincial, la Carta Orgánica y demás normativa vigente; frente a los actos, hechos u omisiones derivados de la actividad administrativa del Departamento Ejecutivo Municipal y de sus agentes, de la actividad legislativa y/o administrativa del Concejo Deliberante y de sus dependientes, de las actuaciones de la Justicia de Faltas Municipal, como así también el accionar de las Empresas Prestatarias de Servicios Públicos y del Ente de Contralor de los mismos, en todos aquellos casos que implique el ejercicio ilegítimo, defectuoso, irregular, abusivo, arbitrario, discriminatorio, o negligente de sus funciones, demoras excesivas en los trámites y toda otra forma de menoscabo a los derechos, garantías e intereses”.
Para poder cumplir con su tarea la defensoría contará con 4 empleados administrativos y 2 asesores legales.
Al estar el proceso de selección del Defensor del Pueblo a cargo del Concejo Deliberante, el cuerpo legislativo está en condiciones de comenzar, cuando se lo proponga, con la definición de la apertura de inscripción a los postulantes.