Antonella. Contradicciones entre lo que dice la Jueza Jones y lo que figura en el expediente

Eldorado. El caso de Antonella, la niña de casi 4 años que fuera separada de sus padres de crianza, muestra algunas contradicciones entre lo manifestado por la Jueza Corina Jones y lo que está en el expediente.
Incluso muchos funcionarios provinciales, entre ellos Marcelo Sussini, abogado de la Defensoría de los Derechos del Niño, Niñas y Adolescentes, incurrió en una serie de inexactitudes ya sea por desconocimiento o por el espíritu de cuerpo del gobierno de defender a la Jueza Jones.
“La niña estaba bajo cuidado de una familia en carácter transitorio dentro de un expediente cautelar”, indicó la magistrada en una entrevista con Noticias del 6, y argumentó que ellos se encuadran en la figura de “familia solidaria con los alcances del artículo 611, que no admite que puedan adoptar a la niña” y aseguró que eso “siempre se les notificó a lo largo del expediente”.
Lo relatado por la Jueza no se ajusta a lo expresado en el expediente.
Antonella nace a principios del año 2017. Aproximadamente un mes y medio después de su nacimiento la Dra. López, Juez subrogante en el juzgado, decreta La guarda provisoria a favor la familia Dávalos – Rodríguez.
Un par de meses después presentan las acciones legales solicitando la “guarda con fines de adopción” demostrando la intención de tener la adopción pena de la niña. En el expediente consta la inscripción de los postulantes a padres adoptivos en el RUAAM (Registro único de Aspirantes a las Adopciones de Misiones), y en ningún folio del expediente los postulantes a padres adoptivos se conformaron como “familia solidaria”, es decir, desde un primer momento, cumplieron los requisitos para ser adoptantes.
Además de ello, en el expediente consta notificación alguna, tal como lo expresara la Jueza Jones, que fueran notificados acerca de la imposibilidad de convertirse en los padres adoptivos.
La Jueza Corina Jones manifestó que la niña siempre tuvo contención psicológica pero omite, maliciosamente, o por ignorancia, el informe presentado por la psicóloga de la Oficina de Acceso a la Justicia, Derechos Humanos y Violencia Familiar del Poder Judicial, María Belén Vigil Mendoza, en el mes de agosto de 2020, que expresa lo siguiente: “Durante la audiencia se pudo visualizar la interacción entre los guardadores y la niña. Antonella se visualizaba en confianza, capacidad de nombrar familiares, objetos, colores con facilidad. Lo anterior mencionado tiene crucial relevancia para pensar cómo, a partir del vínculo establecido entre Antonella y la pareja de guardadores, la niña puede desarrollarse de una manera salubre, recibiendo estimulación apropiada y beneficiosa para su crecimiento”… “Es evidente entonces, que la pareja Barreto-Narciso conforman una referencia afectiva fundamental e insustituible para la niña”… para culminar estableciendo “La interrupción de este lazo tendría huellas de consideración en el desarrollo de la intelectualidad y afectividad de Antonella”.
La omisión del informe por parte de la Jueza Corina Jones implica, en la práctica, desconocer el interés superior del niño que es lo que se debe privilegiar en todas las situaciones de acuerdo al marco legal existente.
Por otra parte la Jueza Corina Jones manifestó que ella no se podía hacer cargo de todo lo sucedido con anterioridad en el expediente porque asumió el cargo de jueza en el mes de septiembre.
Omite, nuevamente, y en éste caso no es por ignorancia, que ella trabaja en el Juzgado de Familia ahora a su cargo desde el mismo momento de su creación. Ejerciendo el cargo de Secretaria del mismo. Razón por la cual debería conocer el expediente en todos sus términos, tanto como que la familia postulante a la adopción plena nunca estuvo bajo la figura legal de “familia provisoria”; que la familia se encuentra inscripta en el RUAAM, que no existe en el expediente ninguna notificación acerca de la imposibilidad de la adopción por parte de los padres que la criaron durante casi 4 años, y, lo más grave, el informe de la Psicóloga María Belén Vigil Mendoza, que recomienda no separar a la niña de sus padres de crianza.
Es lamentable que una persona como esta este al frente de un jusgado de familia .
que raro si en una situación así toma estas drásticas decisiones no me quiero imaginar lo que hace con otras personas por allí de escasa intelectualidad
Cuando a los operadores de la justicia les falta sensibilidad, humanidad, empatizar, pensar en el otro antes de tomar una decision, suceden estas tragedias injustas. Ojalá todo se solucione para lo mejor para la niña.
Ruego a Dios que la jueza se sensibilize y revoque su decisión para que la niña pueda volver con su familia que tanto la ama y la espera…