Detalles de la causa del pedido de Jury a la Jueza Nuria Allou

Eldorado. Hace unos días se conoció el pedido de Jury de Enjuiciamiento presentado por la abogada Mayra Servian Contra la Jueza de Instrucción Nuria Allou.

A raíz de que la denuncia fue presentada por la abogada Servian ante el Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados, y que la Dra. Allou presentara también su descargo se conocieron detalles de la presentación y el cronograma de los hechos que derivaron en la denuncia.

La historia comienza el 28 de agosto por una denuncia realizada por Ricardo Paredes por lesiones y hurto automotor del guardián o comprador del auto, Paredes, hacia quien le  vendiera el automotor (Mattos) por medio de personas que mando a recuperar el vehículo, entre ellos un policía. Cuando se produce el secuestro del vehículo Paredes tenía en su poder todas las autorizaciones necesarias para conducir el vehículo.

En fecha 08 de septiembre se le restituye el automóvil a Paredes por ser quien había realizado la denuncia y poseer toda la documentación que acreditaba ser el responsable del vehículo.

La abogada Servian inicia un incidente de restitución del automóvil secuestrado el 21 de septiembre. Es decir 13 días después de la restitución a Paredes, y lo hace en carácter de compradora del vehículo con un boleto de compra-venta de fecha 16 de septiembre; 8 días después de la devolución del automóvil a Paredes.

Teniendo en cuenta los antecedentes presentados por las partes al Colegio de Abogados, trascendió que un integrante del Tribunal de Disciplina del organismo dictaminó “Como  se puede ver, objetivamente, de las constancias del automotor, la devolución del automotor se efectúa a quien tenía los papeles del automotor, siendo además denunciante del hurto de automotor y a quien correspondía en todo caso su devolución. No existe en el expediente ningún incidente penal de impedimento de devolución o pedido de restitución o escrito que impida la devolución por restitución a Paredes, por lo que la devolución del automotor fue ajustado a derecho”.

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